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	<title>Aborto Archives - La Chispa Petrolera</title>
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	<title>Aborto Archives - La Chispa Petrolera</title>
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	<item>
		<title>El tema de aborto se profundizará en la próxima legislatura de Campeche</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fernando Kantun]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 29 Sep 2024 19:51:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Aborto]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La 64 legislatura del Congreso del Estado de Campeche que concluye el día de mañana han avanzado en ese tema, sin embargo, será la 65 legislatura que se profundice en ese tema Ciudad del Carmen, Camp.__ Ley de aborto, es uno de los temas que se tiene pendiente, algunos ciudadanos han protestado por la ley&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2><strong>La 64 legislatura del Congreso del Estado de Campeche que concluye el día de mañana han avanzado en ese tema, sin embargo, será la 65 legislatura que se profundice en ese tema</strong></h2>
<p>Ciudad del Carmen, Camp.__ Ley de aborto, es uno de los temas que se tiene pendiente, algunos ciudadanos han protestado por la ley de aborto, sin embargo, la próxima 65 legislatura del <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Campeche">Estado de Campeche</a>, seguirá profundizándose en los derechos de las y los ciudadanos, y por supuesto que le van a  entrar a esa discusión para que todas las mujeres tengan el derecho a decidir sobre sus cuerpos, dijo <a href="https://www.congresocam.gob.mx/ubicatudiputado/diputado.php?dip=bgcggcggcafr">José Antonio Jiménez Gutiérrez, presidente del Congreso del Estado</a>.</p>
<figure id="attachment_171774" aria-describedby="caption-attachment-171774" style="width: 1333px" class="wp-caption alignnone"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="wp-image-171774 size-full" src="https://lachispa.mx/wp-content/uploads/2024/09/IMG_20240927_144735_1.jpg" alt="El tema de aborto se profundizará en la próxima legislatura de Campeche" width="1333" height="750" /><figcaption id="caption-attachment-171774" class="wp-caption-text">José Antonio Jiménez Gutiérrez, presidente del Congreso del Estado</figcaption></figure>
<p>Añadió que será una discusión donde estarán todos los actores, iniciarán con las universidades, para ello, convocarán a todas las universidades del Estado de Campeche, para que se incorporen a discusión pública de un tema importante, así como todos los temas que ha plateado el <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Andr%C3%A9s_Manuel_L%C3%B3pez_Obrador">presidente Andrés Manuel López Obrador</a>, quien dejó como tarea 20 reformas preferentes, y en el estado de Campeche apenas se llevan aprobadas tres.</p>
<h3><strong>Vienen temas de discusión de bienestar animal</strong></h3>
<p>“Viene una discusión muy fuerte a nivel nacional y a nivel estatal, en términos de constituciones, pero no solo esos temas, sino también el tema de bienestar animal, empleo para los jóvenes, un salario mínimo, que apenas se aprobó en la Cámara de Diputados y que se está esperando que la Cámara de Senadoras haga lo suyo para que llegue al estado de Campeche”, expresó.</p>
<p><img decoding="async" class="alignnone wp-image-171775 size-full" src="https://lachispa.mx/wp-content/uploads/2024/09/Congreso-3.jpg" alt="El tema de aborto se profundizará en la próxima legislatura de Campeche" width="1125" height="750" /></p>
<p>Apuntó que en cuanto a la 64 legislatura del Estado de Campeche, que está por concluir,  los legisladores sesionarán hasta el próximo lunes, para sacar todas las iniciativas pendientes del Congreso del Estado, para ello,  han sesionado todos los días, incluyendo sábados y domingos y es posible que el lunes 30 de septiembre, sesionen también, para aprovechar todo el tiempo y entregar a la 65 legislatura una ruta de trabajo pertinente sobre diferentes compromisos que se tiene con el pueblo, todo relacionad en términos de derechos.</p>
<p><strong>Te puede interesar: </strong><a href="https://lachispa.mx/nacional/campeche/claudia-sheinbaum-visitara-campeche-en-la-segunda-quincena-de-octubre/">Claudia Sheinbaum visitará Campeche en la segunda quincena de octubre</a></p>
<p>Mencionó que en cuanto al tema de elección pública a jueces y magistrados, la Reforma establece concurrente 2025 como opcional, y 2027, sin embargo, ningún estado puede elegir a los jueces y magistrados después de la elección del 2027, y por tema presupuestal Campeche, no podrá entrar en el 2025, pero se está preparando para que todo esté listo, para el tema del voto popular a quienes dirijan la Casa de Justicia.</p>
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		<title>Adquiere la pastilla abortiva por correo</title>
		<link>https://lachispapetrolera.com/campeche/adquiere-la-pastilla-abortiva-por-correo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Hefzi Calderón]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Dec 2021 22:37:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Campeche]]></category>
		<category><![CDATA[Aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Pastilla]]></category>
		<category><![CDATA[salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU.; FDA alivia permanentemente este jueves las restricciones para obtener la píldora abortiva y podrán ser adquiridas por correo. Previamente, solo se podía acceder a ellas si se pedían en persona a proveedores de salud certificados. Estas delimitaciones estaban vigentes desde que se aprueba el medicamento en el&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU.; FDA alivia permanentemente este jueves las restricciones para obtener la píldora abortiva y podrán ser adquiridas por correo.</p>
<p>Previamente, solo se podía acceder a ellas si se pedían en persona a proveedores de salud certificados. Estas delimitaciones estaban vigentes desde que se aprueba el medicamento en el año 2000.</p>
<p>El medicamento, conocido genéricamente como mifepristona, está aprobado para su uso hasta las 10 semanas de embarazo y, a veces, también se prescribe para tratar a mujeres que están teniendo abortos espontáneos.</p>
<p>Sin embargo, este año el Gobierno levanta temporalmente las limitaciones debido a la pandemia.</p>
<p>La decisión se produce mientras el derecho a obtener un aborto, establecido en el fallo de la Corte Suprema de 1973, Roe v. Wade, se encuentra en discusión.</p>
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<h2 style="text-align: center;">Pastilla abortiva por correo</h2>
<p>Como resultado del cambio de la regla de la FDA, muchos pacientes no necesitarán ir a una clínica, consultorio médico u hospital en persona para recibir el medicamento; pero pueden optar por recibir la píldora por correo de un prescriptor certificado o una farmacia.</p>
<p>La decisión aumentará el acceso al aborto con medicamentos para las mujeres en áreas remotas y rurales sin proveedores cerca.</p>
<p>Las mujeres de bajos ingresos que enfrentan obstáculos para llegar a las clínicas, como la falta de transporte y la imposibilidad de ausentarse del trabajo, también obtendrán un mayor acceso a la droga.</p>
<p>Sin embargo, 19 estados, incluido Texas, tienen leyes que reemplazan la decisión de la FDA al prohibir las consultas de telesalud o el envío de píldoras abortivas por correo.</p>
<p>Las mujeres en esos estados no podrían hacer uso del cambio de regla en casa; asimismo podrían viajar a otros estados para obtener un aborto con medicamentos.</p>
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		<item>
		<title>Personal médico puede negarse a practicar aborto a menos que sea urgente</title>
		<link>https://lachispapetrolera.com/nacional/personal-medico-puede-negarse-a-practicar-aborto-a-menos-que-sea-urgente/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Hefzi Calderón]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Sep 2021 00:51:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Personal médico]]></category>
		<category><![CDATA[SCJN]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara que el personal médico puede negarse a practicar aborto, salvo los casos: Represente una emergencia Corra riesgo la vida de la gestante Se trata del derecho de la objeción de conciencia, avalado por los ministros, quienes declaran que no es una restricción al derecho&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara que el personal médico puede negarse a practicar aborto, salvo los casos:</p>
<ul>
<li>Represente una emergencia</li>
<li>Corra riesgo la vida de la gestante</li>
</ul>
<p>Se trata del derecho de la objeción de conciencia, avalado por los ministros, quienes declaran que no es una restricción al derecho a la salud.</p>
<p>La Corte aclara que solo es un derecho de forma individual y con la obligación que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto.</p>
<p>El ministro Luis María Aguilar Morales señala durante la sesión del Pleno de la Corte que esa figura se trata de una cuestión individual que los mismos médicos ejercen basados en su libertad religiosa e ideológica; asimismo indica:</p>
<blockquote><p>&#8220;La objeción de conciencia no constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes.</p></blockquote>
<p>En contra se pronuncia el presidente de SCJN, ministro Arturo Zaldívar, quien reprocha que la libertad religiosa sea establecida como elemento del derecho a la objeción de conciencia. También sostiene:</p>
<blockquote><p>&#8220;La conciencia propuesta carece de perspectiva de género e interseccional, al no reconocer que son las mujeres, personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos las que más sufren los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia.&#8221;</p></blockquote>
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<h2>Personal médico puede negarse a practicar aborto</h2>
<p>No obstante, lo dicho por el ministro Aguilar Morales para avalar dicho derecho se apoya por siete integrantes más del Pleno, con lo que sumó ocho votos en total a favor. Aunque, por unanimidad, el Pleno establece que tal figura no restringe el derecho a la salud argumentando que hay limitantes en esa libertad, como la emergencia médica o que la vida esté en riesgo.</p>
<p>El fallo ocurre una semana después de que la Suprema Corte declara por primera vez inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.</p>
<h3>Ley General de Salud de 2018</h3>
<p>Ahora, la SCJN aborda la acción de inconstitucionalidad que promueve la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma a la Ley General de Salud de 2018; que permite la objeción de conciencia en los médicos.</p>
<p>La reforma no legaliza la discriminación ni avala negar un aborto o tratamiento, pero crea un ambiente que perjudica a mujeres, la comunidad LGBT y otras minorías; así como argumenta el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, quien vota en contra de la constitucionalidad de la objeción de conciencia.</p>
<p>A pesar de la resolución, los ministros del pleno no coinciden en declarar la validez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, impugnado por la CNDH.</p>
<p>La polémica reforma de 2018 permite a médicos y personal sanitario “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley (de salud)”.</p>
<p>La legislación solo matiza que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.</p>
<p>Por ello, los ministros chocan sobre la validez de la norma y aplazaron su discusión para la próxima sesión.</p>
<p>La magistrada Norma Piña argumentó que la legislación viola el principio de seguridad jurídica por no ser clara ni precisa, lo que vulnera el derecho a la salud. Y lo sostiene:</p>
<blockquote><p>“Incide intensamente en la seguridad sobre el goce de los derechos a la salud y a la vida, y su nivel de especificidad es muy pobre. La norma tiene, a mi juicio, todas las deficiencias normativas que le atribuye la comisión (CNDH)”.</p></blockquote>
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		<item>
		<title>Penalizar el aborto por violación es inconstitucional: SCNJ</title>
		<link>https://lachispapetrolera.com/nacional/penalizar-el-aborto-por-violacion-es-inconstitucional-scnj/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Hefzi Calderón]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Jul 2021 22:54:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Penalizar]]></category>
		<category><![CDATA[SCJN]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara penalizar el aborto por violación es inconstitucional, al otorgar un amparo a una menor. A través de un comunicado, la Suprema Corte externa: La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer.&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara penalizar el aborto por violación es inconstitucional, al otorgar un amparo a una menor.</p>
<p>A través de un comunicado, la Suprema Corte externa:</p>
<blockquote><p>La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer. Afecta sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental.</p></blockquote>
<blockquote class="twitter-tweet">
<p dir="ltr" lang="es"><a href="https://twitter.com/hashtag/ComunicadoSCJN?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#ComunicadoSCJN</a></p>
<p>La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer que afecta sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental: <a href="https://twitter.com/hashtag/PrimeraSala?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#PrimeraSala</a></p>
<p>? <a href="https://t.co/TTs5Yaf4AC">https://t.co/TTs5Yaf4AC</a> <a href="https://t.co/1aPznvcx2S">pic.twitter.com/1aPznvcx2S</a></p>
<p>— Suprema Corte (@SCJN) <a href="https://twitter.com/SCJN/status/1412878965602197507?ref_src=twsrc%5Etfw">July 7, 2021</a></p></blockquote>
<p><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
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<h2>Parálisis cerebral y penalizar el aborto por violación</h2>
<p>La primera sala de SCJN concedió el amparo a una mujer con parálisis cerebral severa y en condiciones de pobreza y marginación que fue víctima de violación cuando era menor de edad. El director del Hospital General de Tapachula, en el suroriental estado de Chiapas, negó la posibilidad de practicar el aborto.</p>
<p>El hecho se dio porque se superan los 90 días después de la concepción que se establece en el artículo 181 del Código Penal del estado de Chiapas, informa la Suprema Corte.</p>
<p>La SCJN establece que el juez de distrito &#8220;que conoció inicialmente del amaro realizó un análisis incorrecto del asunto&#8221; ya que no valora la dimensión de las particularidades de la víctima. No actuó &#8220;conforme a los lineamientos y directrices relacionados con perspectiva de género.&#8221;</p>
<p>Además, los magistrados. resuelven de manera unánime, consideran que dicho juez tampoco se pronuncia sobre la necesidad o no de aplicar medidas de ajuste. Ni tomó en cuenta que la víctima era menor de edad cuando fue violada, &#8220;lo cual le obligaba adoptar medidas reforzadas&#8221;.</p>
<p>Por lo anterior, la sala declara inconstitucional dicha porción normativa del artículo 181 del Código Penal de Chiapas y la negativa del hospital a practicar el aborto.</p>
<p>La limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana ni del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes. Ya que, el embarazo no es producto de una decisión libre y consentida&#8221;, apunta el reporte.</p>
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